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El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había declarado nula la cláusula de interés de un préstamo hipotecario por estar referenciada al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). La sala considera que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.
Tras varias sentencias del Supremo en contra de las entidades por las cláusulas suelo, las hipotecas multidivisas y otros productos considerados opacos, el alto tribunal ha dado la razón a los bancos que comercializaron hipotecas ligadas al IRPH. El llamado Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios se ha usado en miles de créditos como alternativa a otros como el euríbor. El Supremo considera que la vinculación a un índice oficial como es el IRPH no implica que haya falta de transparencia ni abuso, por lo que no cabe anular los contratos.
Los hipotecados con IRPH pagan intereses superiores a los que tienen su crédito ligado al euríbor. Mientras que este último (el que se usa masivamente en España) está ahora en el -0,14% (a lo que se sumaría el diferencial que aplica el banco), el IRPH se sitúa en el 1,91%. Y siempre ha estado por encima. Esta situación ha impedido a los clientes bancarios con este sistema beneficiarse de la enorme bajada de intereses que sí han disfrutado los consumidores con hipotecas vinculadas al euríbor.
¿Qué se puede hacer?
Son pocas las opciones que tiene el hipotecado en IRPH, pero podría ser alguna de las siguientes:
- Intentar negociar con el banco un cambio en el índice de referencia ( La novación implica costes).
- Subrogar su hipoteca a otra entidad donde sí le ofrezcan un préstamo referenciado a euríbor.
- Suscribir un nuevo préstamo hipotecario a tipo fijo o variable referenciado al euríbor para cancelar la actual hipoteca.
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